Al acceder, navegar o inscribirse de cualquier otro modo en el programa de afiliación, usted declara que:
La "Fecha de entrada en vigor" del presente Contrato es la fecha en la que usted se inscribe en el Programa de Afiliación.
Los términos del Programa de Afiliados ("Acuerdo") se celebra entre Manatal Company Limited, una empresa ("Manatal") que opera bajo la jurisdicción del Reino de Tailandia, y la persona o entidad que se inscribe en el Programa de Afiliados ("Socio Afiliado / Usted").
En consideración a los términos y condiciones establecidos a continuación, las partes acuerdan lo siguiente:
Sujeto a los terminos y condiciones de este acuerdo, Manatal por este medio otorga al socio afiliado durante el termino un derecho limitado, intransferible, revocable y no exclusivo para comercializar y referir los productos y/o servicios de Manatal a clientes potenciales.
A. Remisiones cualificadas:
El Socio Afiliado es elegible para recibir una comisión de referidos sólo si el Socio Afiliado presenta un referido a Manatal que cumpla con los requisitos establecidos en el presente Acuerdo ("Referidos Calificados"). Manatal decidirá, a su sola discreción, si un referidos constituye un referido calificado.
El Socio Afiliado deberá enviar todos los referidos a través de la URL de referidos proporcionada por Manatal para el mismo ("Enlace dereferidos "). Manatal puede acordar bajo condiciones específicas recibir referidos a través de otro canal.
Para mayor claridad, un referido enviado por el socio afiliado a través de cualquier otro modo de comunicación, incluyendo, sin limitación, a través de una llamada telefónica o un correo electrónico, incluyendo auto-referencias, no se considerarán referencias cualificadas sin el permiso expreso de Manatal.
B. Derechos de negociación:
El socio afiliado acuerda no negociar términos o hacer compromisos en nombre de Manatal. Manatal cobrará los cargos de suscripción aplicables a los Productos y/o Servicios de Manatal directamente del Cliente.
C. Elegibilidad:
El socio afiliado sólo tendrá derecho a una comisión si un referido cualificado se convierte en cliente de pago de Manatal en un plazo de tres (3) meses a partir de la fecha en que el socio afiliado envíe un referidos ("Periodo de conversión") y con un plazo de suscripción igual o superior a un (1) mes. Caso por caso, las partes podrán acordar mutuamente por escrito renunciar o ampliar el Periodo de Conversión para un referido cualificado.
D. Remisiones no admisibles:
Cuando alguien se suscriba a un producto y/o servicio de Manatal en virtud de los esfuerzos de ventas y marketing del socio afiliado de conformidad con el presente Acuerdo, Manatal determinará, a su entera discreción, si dicho suscriptor es un usuario referido cualificado. Las referencias no elegibles para una comisión de referidos se establecen como se describe a continuación.
E. Comisión:
El Socio Afiliado tendrá derecho a recibir una comisión equivalente al 20% (veinte por ciento) de los ingresos netos mensuales recurrentes pagados por el Cliente a Manatal. En el caso de que el Cliente adquiera un plan anual, la comisión del 20% deberá aplicarse sobre la totalidad del periodo cubierto por el contrato suscrito entre Manatal y el Cliente. El primer pago se efectuará una vez que se haya acumulado un mínimo de 100 USD por los afiliados resultantes del cliente referido a Manatal.
La comisión está limitada por los ingresos netos recurrentes generados por el cliente incluyendo los cambios o rescisión de su contrato con Manatal. Esto se refiere a cualquier cambio en la suscripción, incluyendo el aumento y la disminución de los ingresos netos generados por el cliente, así como la terminación del contrato del cliente con Manatal.
F. Primer año de ingresos netos:
Una vez que un referidos calificado se convierte en un cliente de pago, el socio afiliado tiene derecho a recibir una comisión de referidos durante todo el período de vinculación de Manatal con el cliente, siempre que, sin embargo, si la suscripción del cliente a los productos y / o servicios de Manatal se termina, el socio afiliado no tendrá derecho a recibir la comisión después de la fecha de dicha terminación. La comisión de referidos se basa en la tasa de comisión de referidos aplicable aplicada sobre todos los montos de factura realizados por Manatal por Productos y/o Servicios elegibles de Manatal asociados con dichos referidos Calificados incluyendo sin limitación, neto de cualquier descuento, impuestos pagaderos y reembolsos subsecuentes no atribuibles a error o incumplimiento de facturación de Manatal.
("Primer Año de ingresos Netos"). Si una orden ejecutada en relación con un referido es una orden plurianual, la comisión se basará únicamente en el Primer Año de ingresos Netos, el pago de la comisión debida por los años siguientes se abonará tras la fecha de aniversario de la suscripción.
G. Proceso de pago:
Manatal calculará mensualmente la comisión de referidos por cada referido Calificado, y dicha comisión será desembolsada al Socio Afiliado dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de los importes facturados por el Cliente.
El socio afiliado puede realizar las comisiones pagadas por Manatal de acuerdo con los términos y condiciones aplicables en el uso de su cuenta Rewardful. Una vez que la comisión sea procesada por Manatal, Manatal no será responsable de cualquier fallo del socio afiliado en la realización de los importes de las comisiones. Adicionalmente, Rewardful será el único responsable de proporcionar soporte técnico al Socio Afiliado para el acceso y uso de su cuenta Rewardful.
H. Devoluciones de comisiones referidos :
Si Manatal hace un pago de comision referidos al socio afiliado por error, o si un referido calificado no hace los pagos requeridos del primer año de suscripcion a Manatal dentro de sesenta (60) dias de la fecha de vencimiento del pago, o si el contrato aplicable entre Manatal y el referidos calificado es terminado antes de su fecha de expiracion acordada, Manatal tendrá derecho al reembolso de los correspondientes pagos de comisiones de referidos efectuados a dicho socio afiliado (siempre que, si un cliente impago abona finalmente todas las cantidades adeudadas, Manatal reembolsará al socio afiliado las comisiones aplicables menos una deducción por gastos de cobro y administrativos, que no excederá de la mitad de la comisión total). Manatal podrá, a su sola discrecion, elegir entre compensar dichas cantidades reembolsables con las comisiones que Manatal deba al socio afiliado en virtud del presente, o facturar al socio afiliado las cantidades reembolsables; las cantidades facturadas deberan pagarse en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura. El derecho de Manatal a un reembolso del cual Manatal no haya notificado al socio afiliado expirara noventa (90) dias despues del primer aniversario de la fecha de inicio de la orden aplicable.
I. Comisiones no reclamadas y confiscación de comisiones:
Cualquier pago de comisiones que permanezca sin reclamar durante un período de seis (6) meses desde la fecha en que se envió el enlace de pago se perderá. Manatal hara esfuerzos comercialmente razonables para notificar al afiliado de cualquier comision no reclamada a traves de su direccion de correo electronico registrada. Se enviara un aviso final no menos de treinta (30) dias antes de la fecha de confiscacion.
Además, si la comisión de un afiliado permanece sin reclamar durante un periodo de seis (6) meses, su cuenta afiliado será desactivada. El afiliado es el único responsable de mantener una dirección de correo electrónico válida y controlada en sus archivos y de reclamar sus comisiones a su debido tiempo.
A. El socio afiliado declara y garantiza que:
Incluidas ("Normas") y todas las leyes aplicables en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo.
Manatal y sus licenciantes retienen todos los derechos, títulos e intereses (incluyendo todas las patentes, derechos de autor, marcas registradas, secretos comerciales y otros derechos de propiedad intelectual) en y para los productos y/o servicios de Manatal.
Por la presente, Manatal concede al socio afiliado un derecho revocable, basado en el territorio, para mostrar, ejecutar públicamente y publicar el nombre comercial, logotipo o marca registrada de Manatal ("Marcas") únicamente con respecto a la promoción de los productos y/o servicios de Manatal a clientes potenciales.
Durante el ejercicio de los derechos derivados de esta licencia, será responsabilidad del socio afiliado garantizar que :
A. Las Marcas se utilizan únicamente para denotar el origen y la propiedad de los productos y/o servicios de Manatal.
B. Cumplirá las políticas vigentes de Manatal (versión actual o actualizada de las mismas) relativas al uso de sus marcas.
C. No modificara materialmente los materiales de marketing proporcionados por Manatal de ninguna manera que haga que el socio afiliado tergiverse las capacidades tecnicas, caracteristicas o funciones de los productos y/o servicios de Manatal. Se aclara que el socio afiliado no adquirira', en virtud de la licencia anterior, ningún derecho, título o interés en las marcas o productos de Manatal y todos los derechos al respecto quedan reservados a Manatal.
Cada una de las partes (como "Parte Receptora") utilizará el mismo grado de cuidado que utiliza para proteger la confidencialidad de su propia información confidencial del mismo tipo (pero no menos que un cuidado razonable) para :
A. No utilizar ninguna Información Confidencial de la otra parte (la "Parte Divulgadora") para ningún propósito fuera del ámbito de este Acuerdo.
B. Salvo que la Parte Divulgadora autorice lo contrario por escrito, limitar el acceso a la Información Confidencial de la Parte Divulgadora a aquellos de sus empleados y contratistas que necesiten dicho acceso para fines coherentes con el presente Acuerdo y que hayan firmado acuerdos de confidencialidad con la Parte Receptora que contengan protecciones no sustancialmente inferiores a las del presente Acuerdo para la Información Confidencial. Si la Parte Receptora se viera obligada por ley o por orden judicial a revelar Información Confidencial, la Parte Receptora deberá, en la medida en que la ley lo permita, notificarlo previamente por escrito a la Parte Reveladora y cooperar en cualquier esfuerzo por obtener un tratamiento confidencial de la Información Confidencial. La Parte Receptora reconoce que la divulgación de la Información Confidencial causaría un daño sustancial para el que los daños y perjuicios por sí solos no serían un remedio suficiente y, por lo tanto, tras dicha divulgación por parte de la Parte Receptora, la Parte Divulgadora tendrá derecho a solicitar una compensación equitativa adecuada, además de cualquier otro recurso que pudiera tener ante la ley. En la medida en que la información compartida en virtud del presente contrato constituya datos personales tal y como se definen en las leyes de protección de datos aplicables, tanto el socio afiliado como Manatal cumplirán con las mismas. Cualquier dato personal del socio afiliado que Manatal pueda recibir será procesado de acuerdo con la política privada de Manatal que se incluye aquí por referencia.
Este acuerdo continuará hasta que cualquiera de las partes lo rescinda. Manatal podrá rescindir el presente Acuerdo en cualquier momento sin causa y sin responsabilidad alguna, previa notificación al socio afiliado.
El socio afiliado puede rescindir el presente acuerdo mediante notificación por escrito a Manatal con sesenta (60) días de antelación. Manatal puede tambien terminar inmediatamente este acuerdo por:
Efecto de la rescisión
A la terminación de este acuerdo, el socio afiliado se compromete a cesar todas las actividades de marketing y promoción y todo uso posterior de los productos y/o servicios de Manatal, y las partes devolverán o confirmarán la destrucción de la información confidencial de la otra parte proporcionada en virtud del presente acuerdo.
Manatal puede proporcionar enlaces o acceso a software o servicios de terceros. El uso de dicho software y servicios de terceros se rige por los términos del proveedor de terceros y son vinculantes para el socio afiliado. Manatal no proporciona ninguna garantía y no tiene ninguna responsabilidad u obligación con el socio afiliado, con respecto al uso de dicho software y servicios de terceros, incluyendo la cuentaGetRewardful creada por el socio afiliado.
El socio afiliado indemnizará y mantendrá indemne a Manatal y a sus afiliados frente a cualquier reclamación presentada por un tercero contra Manatal y sus respectivos empleados, funcionarios, directores y agentes derivada o relacionada con el uso de las marcas por parte del socio afiliado en incumplimiento del presente acuerdo.
10.1 Ninguna de las partes será responsable de ningún daño ejemplar, especial, indirecto, consecuente o incidental de ningún tipo (incluyendo, sin limitación, el lucro cesante, la pérdida de uso, la pérdida de negocio o la pérdida de beneficios o ingresos), incluso si dicha parte ha sido advertida de la posibilidad de tales daños. Las limitaciones de la responsabilidad de cualquiera de las partes en virtud de esta sección no se aplicarán a la responsabilidad por muerte, lesiones personales de naturaleza física o daños a la propiedad tangible causados por negligencia grave o mala conducta intencionada de cualquiera de las partes.
10.2 La responsabilidad total de Manatal en virtud de este acuerdo, independientemente de la forma de la acción, no excederá la comisión pagada al socio afiliado por Manatal en los 6 (seis) meses anteriores a la reclamación.
Lo anterior constituye la responsabilidad total de cada una de las partes en relación con el presente contrato, los productos y/o los servicios prestados en virtud del mismo.
El presente Acuerdo se regirá por las leyes de Tailandia, sin tener en cuenta los principios de conflicto de leyes. Cualquier disputa o reclamación que surja de o esté relacionada con este Formulario se resolverá mediante arbitraje en Singapur. El arbitraje será administrado por la autoridad competente tailandesa de conformidad con sus normas y procedimientos de arbitraje.
A. Medidas cautelares:
El socio afiliado acepta expresamente que Manatal tendrá derecho a medidas cautelares y otras medidas equitativas en caso de incumplimiento por parte del socio afiliado de cualquiera de las disposiciones del presente acuerdo, o para evitar dicho incumplimiento. No obstante, el recurso a tales medidas equitativas no se interpretará como una renuncia a otros derechos o recursos que Manatal pueda tener en virtud de la ley.
B. No convocatoria:
Durante el periodo de vigencia y un (1) año después, el socio afiliado no se comprometerá, directa o indirectamente, con un empleado de Manatal fuera del ámbito del presente acuerdo, ni inducirá a un empleado de Manatal a rescindir su contrato de trabajo. "Empleado de Manatal" significará e incluirá a los empleados o consultores de Manatal, su holding, subsidiarias y filiales.
C. Sin asignación:
Salvo a sus filiales y/o a las empresas de su grupo, ninguna de las Partes cederá parte alguna del presente Acuerdo o de sus respectivos derechos u obligaciones en virtud del mismo sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte (consentimiento que no se denegará injustificadamente). Sin perjuicio de las restricciones anteriores, el presente Acuerdo será plenamente vinculante, redundará en beneficio de las Partes y sus respectivos sucesores y cesionarios y será exigible por ellos.
D. Modificaciones:
De vez en cuando, Manatal puede modificar este acuerdo. A menos que Manatal especifique lo contrario, los cambios se harán efectivos para el Socio Afiliado después de que la versión actualizada de este Acuerdo entre en vigor.
E. Divisibilidad - No renuncia:
En caso de que un tribunal competente considere que alguna de las disposiciones del presente Acuerdo no es aplicable, el tribunal modificará dicha disposición y la interpretará de la forma que mejor cumpla la disposición original, en la medida en que lo permita la legislación aplicable, y el resto de las disposiciones del presente Acuerdo permanecerán en vigor. El retraso o el no ejercicio de cualquier derecho o disposición del presente Acuerdo por cualquiera de las partes no constituye una renuncia a dicho derecho o disposición del presente Acuerdo.
F. Supervivencia:
Las secciones 4 (Propiedad intelectual), 5 (Marketing), 6 (Confidencialidad), 9 (Indemnización), 10 (Limitación de responsabilidad), 11 (Ley aplicable), 12 (F) (Supervivencia), 12 (H) (Notificaciones), 12 (I) (Acuerdo completo) y seguirán vigentes tras la rescisión del Acuerdo. La rescisión del presente Acuerdo no limitará la responsabilidad de ninguna de las partes por las obligaciones devengadas a partir de dicha rescisión o con anterioridad a la misma, ni por ningún incumplimiento del presente Acuerdo.
G. Relación entre las Partes:
Las Partes son contratistas independientes. El presente Acuerdo no crea una relación de asociación, franquicia, empresa conjunta, agencia, fiduciaria o laboral entre las Partes.
H. Notificaciones:
Todas las notificaciones que cualquiera de las Partes deba realizar a la otra en virtud del presente Acuerdo podrán entregarse por escrito mediante correo electrónico o servicio de entrega postal ("Courier") a la dirección postal de contacto facilitada por las partes.
I. Acuerdo completo:
Este acuerdo, junto con las normas de conducta del socio comercial de Manatal, constituye el acuerdo completo y sustituye a todos y cada uno de los acuerdos entre Manatal y el socio afiliado con respecto al objeto del mismo.
13.1 Cliente significa un referido cualificado que ha firmado un acuerdo con Manatal para adquirir los productos y/o servicios de Manatal de conformidad con las actividades de marketing y promoción de los Socios Afiliados en virtud del presente Acuerdo.
13.2 Programa de Afiliados significa el programa iniciado por Manatal donde las entidades y personas que se inscriben como Socios Afiliados están obligados a comercializar y referir productos y/o servicios elegibles de Manatal a clientes potenciales a cambio de una comisión de Manatal.
13.3 Por cuenta Rewardful se entiende la cuenta creada por el Socio Afiliado con Manatal que utiliza para realizar las comisiones pagadas en virtud del presente Acuerdo.